PRÓRROGA DE PROHIBICIÓN DE DESPIDOS - FE DE ERRATAS - SE ADJUNTA ARCHIVO OMITIDO
PRÓRROGA DE PROHIBICIÓN DE DESPIDOS - FE DE ERRATAS - SE ADJUNTA ARCHIVO OMITIDO
En el Boletín Oficial del día de hoy se ha publicado la prórroga de prohibición de despidos sin justa causa y/o por disminución de trabajo por medio del Decreto Nº 487/2020.
Transcribimos la parte esencial de la medida y adjuntamos su texto en archivo.
Se prorroga la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de SESENTA (60) días contados a partir del vencimiento del plazo establecido por el Decreto N° 329/20.
También se prorroga la prohibición de efectuar suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo por el plazo de SESENTA (60) días, contados a partir del vencimiento del plazo establecido por el Decreto N° 329/20.
Quedan exceptuadas de esta prohibición las suspensiones efectuadas en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo.

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