OBRAS SOCIALES - MODIFICACIONES AL DERECHO DE OPCIÓN
OBRAS SOCIALES - MODIFICACIONES AL DERECHO DE OPCIÓN
Hoy se ha publicado el Decreto Nº 438/2021 que entrará en vigencia a partir de mañana y que reforma algunas cuestiones del funcionamiento de las Obras Sociales.
Lo más importante es que se establece la obligatoriedad, al iniciar una relación laboral, de permanecer durante el plazo de 1 (un) año en la Obra Social correspondiente a la rama de la actividad de la empresa, antes de poder ejercer el derecho de opción de cambio.
Hasta ahora existía una mayor flexibilidad para el trabajador, de ejercer el derecho de opción.
La modificación dispuesta, resultará de aplicación a las relaciones laborales que se hubieren iniciado con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto, que no cuenten aún con 1 año de antigüedad. Sin perjuicio de ello, en caso de que el trabajador hubiera hecho uso del derecho de opción en forma previa a la entrada en vigencia del Decreto, se respetará dicha opción.
Adjuntamos el texto del decreto que rige a partir del día 8 de julio de 2021.
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