DGEGP - NUEVA ESCALA DE ARANCELES DE MARZO 2021
DGEGP - NUEVA ESCALA DE ARANCELES DE MARZO 2021
Por medio del DGEGP INFORMA Nº 2210, la DGEGP ha comunicado una nueva escala de aranceles para marzo/2021.
Adjuntamos en archivo los nuevos valores.
Transcribimos su anexo instructivo.
Anexo II de la Disposición DGEGP Nº 307/2020.
“Pautas para fijar los aranceles y contribuciones que podrán percibir las Escuelas Públicas de Gestión Privada de la C.A.B.A. para el ciclo lectivo 2021”
1. Se establece un ajuste de las bandas que prevé el Decreto N° 2542-PEN/91, definidas de acuerdo con lo establecido por la comisión de aranceles e informadas por Disposición N° 390-DGEGP/19, las que serán aplicadas al contrato educativo del Ciclo 2021 a partir del 1º de Marzo de 2021 y que se reflejan en el Anexo I de la presente disposición.
2. Los topes definidos en el Anexo I, servirán de base para el análisis del impacto del aumento salarial docente conforme al acuerdo paritario que se suscriba oportunamente.
3. Las nuevas bandas arancelarias definidas en el Anexo I no aplicarán en la determinación del valor de la matrícula para el ciclo lectivo 2021.
4. En caso de que la institución defina la necesidad de cobrar la cuota de mantenimiento para el ciclo lectivo 2021, según lo previsto en el Art. 9 del Decreto N° 2542-PEN/91, la misma se mantendrá como máximo en el valor de una cuota (arancel programático + extra programático) y no podrá ser facturada en menos de 9 (nueve) pagos mensuales.
5. Las escuelas informarán a las familias, mediante los canales de comunicación habituales, la Disposición que fija los valores tope correspondiente al porcentaje de aporte que recibe cada nivel de enseñanza para el ciclo lectivo 2021.
6. La comunicación respecto de las condiciones arancelarias deberá aclarar, en cada caso, la forma en que las entidades educativas aplicarán las bandas arancelarias autorizadas mediante el Anexo I de la presente disposición, así como lo establecido en los puntos anteriores de este anexo.
7. Las escuelas presentarán ante la Dirección General de Educación de Gestión Privada, la correspondiente declaración jurada de aranceles antes del 15 de Diciembre de 2020 detallando los valores a ser cobrados a partir del 1 º de marzo de 2021; acompañando la comunicación a los padres en la que se detalle la totalidad de los elementos señalados en el punto anterior del presente.
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