DGEGP - DECLARACIÓN JURADA DE BECAS 2020 - DGEGP INFORMA Nº 2114
DGEGP - DECLARACIÓN JURADA DE BECAS 2020 - DGEGP INFORMA Nº 2114
A las instituciones educativas con aporte estatal:
Desde el día de la fecha, se encuentra habilitado el sistema para la carga de la Declaración Jurada de Becas en SINIGEP. El vencimiento para cargar la información operará el próximo 30 de junio.
Todas las instituciones educativas que reciben aporte estatal deben completar y realizar la presentación digital de la Declaración Jurada de becas, de acuerdo al Anexo I (descargar aquí) de la Disposición N.° 66/2011 (descargar aquí).
Para ello deberá ingresar a “Declaración Jurada de Becas” a través del SINIGEP con el usuario administrativo (característica y contraseña).
Una vez finalizada la carga de todos los niveles correspondientes, podrá dejar la presentación lista para la firma del Representante o Apoderado Legal, que deberá ingresar al SINIGEP utilizando el usuario administrativo para firmar y realizar la presentación.
Si el establecimiento posee varias autoridades legales registradas en SINIGEP, un menú desplegable permitirá seleccionar aquella que realizará la firma. Luego de hacer clic en el botón “Ingresar firma”, la autoridad seleccionada podrá firmar directamente sobre la pantalla, con el mouse, un lápiz óptico o con el dedo (en dispositivos táctiles). Puede ser más conveniente realizar este paso desde un dispositivo móvil.
Después de firmar se podrán previsualizar la Nota de elevación y la Declaración Jurada. Para enviarla, se deberá hacer clic en el botón “Realizar presentación digital”.
¡Importante!
Una vez firmada y presentada la Declaración Jurada, la Mesa Virtual generará el número de Actuación. Podrá volver a consultar la documentación presentada haciendo clic en los enlaces "Nota de elevación" y "Declaración Jurada de Becas" o desde la pantalla de inicio del SINIGEP, haciendo clic en el icono de la impresora.
Ante cualquier duda, recuerde que tiene a su disposición el Instructivo.
De ahora en más, la Mesa Virtual reemplaza la presentación en papel.
Asimismo, les recordamos que la institución deberá tener a disposición de los Supervisores de Organización Escolar la información que a continuación se detalla:
a) El Anexo I con el número de Actuación y fecha en la que fue presentado.
b) Los criterios utilizados para el otorgamiento de becas (reglamento de becas).
c) La nómina de los/as alumnos/as becados/as por nivel, indicando el porcentaje de beca otorgado a cada alumno/a, el curso al que pertenece y el total final de porcentaje de becas en cada nivel, tal como se establece en el Anexo II (descargar aquí) de la Disposición N.° 66/2011.
d) Recibos de aranceles de los/as alumnos/as becados.
Cordialmente,
Mg. Constanza Ortiz
Directora General de Educación de Gestión Privada
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