DGEGP - CRONOGRAMA DE RENDICIONES

11 Agosto 2020

DGEGP - CRONOGRAMA DE RENDICIONES

TRANSCRIBIMOS EL COMUNICADO Nº 2136 DE LA DGEGP CON EL CALENDARIO DE RENDICIONES PARA EL APORTE DE SUELDOS DE JULIO 2020:

Les comunicamos que desde el 4 de agosto del corriente tienen disponibles en sus respectivas cuentas bancarias los fondos para atender los sueldos de julio 2020, y los correspondientes al FONID (3° Cuota 1° Trimestre 2020), Material Didáctico y Suma Fija Extraordinaria Nacional 2020, en razón de ello informamos a continuación las fechas límites de rendición de sendos aportes gubernamentales:

- Depósito de excedentes y cierre rendición digital: 11 de agosto 2020

- Solicitud de faltantes: 13 de agosto 2020

- Presentación en línea de la rendición vía SINIGEP (ex rendición papel): 20 de agosto 2020

Aquellos establecimientos inscriptos en el Programa de Asistencia de Emergencia para el Trabajo y la Producción (ATP), que obtuvieron el beneficio de prórroga en el ingreso de las contribuciones SIPA correspondiente al período devengado mayo, deberán presentar con esta rendición, el comprobante de pago o el comprobante de pago de la primera cuota del acogimiento al plan de facilidades de pago en los términos de la RG 4734 AFIP. Asimismo, en el punto “8d- otras notas”, deberán adjuntar copia de la pantalla del Sistema Registral con la caracterización “Sistema Registral” con el código “460 - Beneficio Dto. 332/2020 Postergación pago de contrib. S.S.”.

De igual modo, si hubieran instituciones que hayan resultado alcanzadas por el beneficio de reducción de hasta el NOVENTA Y CINCO POR CIENTO (95%) del pago de las contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), correspondientes al período devengado mayo de 2020, deberán adjuntar en el punto “8d- otras notas” copia de la pantalla del Sistema Registral con la caracterización “Sistema Registral” con el código “461 - Beneficio Dto. 332/2020 Reducción de Contribuciones S.S.”.

Se solicita que en la rendición adjunten en el mismo campo que el F 104/1, una nota en carácter de declaración jurada firmada por el representante o apoderado legal, con el detalle de los montos transferidos a las cuentas bancarias de los/as docentes en concepto de pago de haberes correspondientes al mes de julio. En esta oportunidad, no será condición necesaria que la firma se encuentre certificada por entidad bancaria.

Reiteramos que todos los comprobantes adjuntados a la rendición deben ser presentados en formato PDF.

Cordialmente,
Mg. Constanza Ortiz
Directora General de Educación de Gestión Privada

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