DGEGP - ASIGNACIONES FAMILIARES EN LA CABA - NUEVA LEY

17 Noviembre 2021

DGEGP - ASIGNACIONES FAMILIARES EN LA CABA - NUEVA LEY

transcribimos el texto de la comunicación de la DGEGP sobre la nueva ley local sobre ASIGNACIONES FAMILIARES:

A la comunidad educativa de gestión privada:
Les informamos que el 26 de octubre de 2021 ha sido publicada la Ley N.° 6457-LCBA de Asignaciones Familiares. Esta nueva norma, cuya aplicación será retroactiva al 1 de agosto de 2021, además de incorporar nuevos concepto para el cobro del beneficio, establece cambios importantes en su forma de pago y liquidación.
Entre las modificaciones con respecto a la Ley N.° 1208/2003 queremos destacar las siguientes:
1.- Se establecen rangos de ingresos individuales que determinan el cobro de las asignaciones familiares.
2.- El monto de las asignaciones familiares aprobadas se conforma en "unidades móviles de asignaciones familiares" (UMAF) cuyo valor será actualizado en los meses de enero y julio de cada año calendario por el Ministerio de Hacienda y Finanzas.
3.- Se fija un tope máximo de ingresos para acceder a la percepción de las asignaciones familiares del nuevo régimen.
4.- Se considera remuneración todo ingreso que percibiera el/la trabajador/a en retribución por los servicios prestados en relación de dependencia, en concepto de sueldo, gratificaciones y suplementos adicionales que tengan el carácter de habituales, regulares y permanentes, excluyéndose las sumas pagadas por prestaciones efectivas de carácter extraordinario, Fondo Nacional Incentivo Docente (FONID), Conectividad y el sueldo anual complementario.
5.- Las Asignaciones Familiares aprobadas en la nueva ley resultan incompatibles con la percepción de cualquier asignación de similar naturaleza en cualquier otro régimen.
6.- A quienes excedan el tope máximo de ingresos pautados en la nueva ley, y se encontraban percibiendo montos por este concepto, se les liquidará mensual o anualmente, según corresponda, una suma cuyo valor será igual al monto dejado de percibir. Este importe se abonará bajo la denominación “Compensación Residual Salario Familiar”.
7.- Los importes se cargarán como siempre en el SINIGEP y oportunamente se informará cuando el nuevo módulo de Asignaciones Familiares se encuentre actualizado para su carga en el SIDITAG.
Recomendamos una lectura atenta y detallada de la Ley N.° 6457-LCBA y sus anexos A y B y los/as invitamos a realizar las consultas que estimen necesarias a su supervisor/a de Organización Escolar (SOE).
Asimismo, a los fines de un correcto control del pago establecido en la nueva norma, recomendamos la utilización de esta planilla.
En el caso de las instituciones que reciben aporte estatal, el retroactivo se depositará junto con los aportes de los sueldos de noviembre.
Recordamos que toda la documentación respaldatoria de los pagos que se realicen a los docentes, debe estar a disposición de los/as supervisores/as de SOE.
Atentamente,
Equipo de Supervisión de Organización Escolar
Dirección General de Educación de Gestión Privada

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