AFIP - REGLAMENTACIÓN DE LOS CAMBIOS A LA LEY DE IMPUESTO A LAS GANANCIAS PERSONALES
AFIP - REGLAMENTACIÓN DE LOS CAMBIOS A LA LEY DE IMPUESTO A LAS GANANCIAS PERSONALES
La AFIP por medio de la RG Nº 5008/2021, adecua a los cambios que produjo la Ley 27.617 y su Decreto reglamentario Nº 336/2021. Si bien adjuntamos su texto, los principales aspectos a considerar son:
1. La devolución será en 5 cuotas: se aplicarán las nuevas deducciones y exenciones establecidas por la Ley 27.617, y las diferencias que pudieran generarse a favor de los sujetos pasibles de retención, se reintegrarán en cinco cuotas iguales, mensuales y consecutivas en los meses de julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre.
2. Jubilados y pensionados: la deducción especial incrementada para que el impuesto sólo alcance a las personas con salarios mensuales superiores a $150.000 brutos, o aquellas jubilaciones que superen los 8 haberes mínimos.
3. -Deducciones: se aplica el incremento de la deducción especial del Impuesto a las Ganancias correspondiente a los hijos y las hijas con discapacidad. También incorpora la deducción por pareja conviviente, antes reconocida sólo para cónyuges.
Declaraciones informativas: El nuevo valor para el período fiscal 2020 será de $2.500.000. El vencimiento para esta declaración será el 31/07/2021.

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